Nuevo golpe a las “canteras internacionales”

El jueves pasado conocimos la sanción impuesta por la FIFA al Real Madrid y al Atlético de Madrid por la que se les impide a ambos clubes contratar jugadores durante los dos próximos periodos de contratación íntegros, esto es, durante el verano de 2016 y enero de 2017.

Esta sanción ha sido impuesta por las mismas causas que la anteriormente aplicada al FC Barcelona por infracción de varios artículos del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores que bajo el enunciado “Protección de menores” prohíbe con carácter general las transferencias internacionales de jugadores menores de 18 años de edad, salvo en tres supuestos que, resumidamente, son: i) que los padres del jugador menor de edad cambien su domicilio al país del nuevo club por razones ajenas al fútbol; ii) que la transferencia del jugador, que en este caso debe tener al menos 16 años, se produzca dentro del territorio de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, en cuyo caso, el club tendrá la obligación de proporcionar al jugador alojamiento y una formación escolar adecuada; iii) que se trate de clubes extranjeros situados a una distancia inferior a cincuenta kilómetros de la frontera del país de residencia del menor y a cien kilómetros del hogar del menor.

El objetivo de la norma es la protección de los menores evitando que los mismos puedan llegar a abandonar sus países de origen con la promesa de convertirse en futuras estrellas del fútbol y que, tras el fracaso de tal aventura, puedan quedar en una grave situación de desamparo.

Tanto Real, como Atlético de Madrid, han anunciado su intención de recurrir ante los tribunales deportivos dicha sanción, pero el precedente del FC Barcelona no augura mucho futuro a ambos recursos. En definitiva, que la actual normativa FIFA parece que obligará a todos los clubes, especialmente los más poderosos económicamente, a replantearse su sistema de cantera.

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