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Principales novedades introducidas por el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.
El pasado 22 de mayo de 2024 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, en cuya virtud se introducen ciertas novedades en materia de derecho laboral y seguridad social recogidas en los tres bloques de contenido indicados a continuación:
En primer lugar, se modifica el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y, en su virtud, se prevé la posibilidad de acumular las horas retribuidas de ausencia del trabajo para el cuidado del lactante (artículo 37.4), la prioridad aplicativa de los convenios colectivos autonómicos y provinciales cuando su regulación sea más favorable para las personas trabajadoras (artículo 84) y la previsión de especialidades en la condición de elector y elegible en el ámbito artístico (disposición adicional 28ª).
En segundo lugar, se reforma la regulación de la protección por desempleo en su nivel asistencial prevista en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, siendo su objetivo eliminar ciertas lagunas de desprotección, simplificar los requisitos de acceso y su mantenimiento, adecuar su contenido para dar más claridad y seguridad jurídica así como, finalmente, facilitar la gestión en los casos de los colectivos más vulnerables.
En tercer y último lugar, se modifica la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, introduciendo algunas novedades en cuanto a la regulación de las infracciones leves, graves y muy graves a los efectos de adaptar su contenido a la reforma introducida en materia de desempleo.