Una Ley para los senderos andaluces

El pleno del Parlamento de Andalucía aprobó a finales del pasado mes la Ley de Senderos de Andalucía. Dicha Ley, promovida por Podemos, ha tenido una convulsa tramitación parlamentaria con numerosas enmiendas al proyecto inicial, si bien el texto definitivo ha contado finalmente con el apoyo de PSOE, Podemos, C´s e IU, y la abstención del PP. Uno de los principales obstáculos que ha tenido la tramitación de la norma ha sido la de crear un marco normativo que fuese respetuoso con todas las partes afectadas: federaciones de montañismo, organizaciones agrarias, asociaciones de cazadores y colectivos ecologistas, para garantizar la compatibilidad del uso deportivo de los senderos con otras actividades económicas y recreativas. El texto finalmente aprobado establece el marco regulador para los más de 10.000 km de senderos con los que cuenta la comunidad autónoma, garantizando que los mismos sean usados para el deporte, el ocio y el esparcimiento, eso sí, con el máximo respeto a la propiedad privada y a las funciones que los senderos tienen en la economía y el entorno natural. La norma reconoce el valor de los senderos como espacios de utilidad pública para la práctica del deporte, la actividad turística y la promoción del patrimonio, incidiendo en la importancia que tienen para la diversificación de la actividad económica en el entorno rural. Por todo ello, la ley establece una diferenciación de senderos en función de su uso. Así, diferencia entre los de uso medioambiental, deportivo y turístico, fijando igualmente el procedimiento de homologación de los mismos para ser reconocidos en el futuro Registro Andaluz de senderos de uso público.

 

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