¿Retribución bruta o retribución neta?

Cuando somos contratados por una empresa, a todos nos gusta conocer la cantidad líquida que mensualmente vamos a cobrar para saber cuánto dinero vamos a tener para gastar. En el caso de los deportistas, sobre todo los internacionales, esto ocurre con más frecuencia por el hecho de que los traspasos entre clubes de distintos países con diferentes regímenes fiscales supone incertidumbre sobre las cantidades que, efectivamente, van a ingresar en su patrimonio.

Por este motivo, es muy habitual que en los contratos de trabajo de los deportistas se incluyan cláusulas que garanticen una determinada retribución líquida. Sin embargo, este tipo de pactos tienen trampa y no siempre son aceptadas por los tribunales, muchas veces se reducen a papel mojado y el deportista ve cómo se frustran sus expectativas de tener aseguradas unas etribuciones.

Ello es así porque el Estatuto de los Trabajadores, que se aplica también a la relación laboral especial de los deportistas profesionales, establece que todas las cargas fiscales y de Seguridad Social a cargo del trabajador deben ser satisfechas por el mismo y que cualquier pacto en sentido contrario debe considerarse nulo.

Por ello, esas típicas cláusulas contractuales que se refieren a cantidades pactadas libres de cualquier gasto fiscal o contributivo que pueda aplicarse no pueden hacerse valer ante los tribunales puesto que las cargas fiscales y de Seguridad Social a cargo del deportista deben ser satisfechas por él y, en ningún caso, pueden ser asumidas por el club en el que jueguen, por mucho que se haya plasmado así en el contrato.

Esto obliga a estar asesorados a la hora de firmar el contrato y exigir una redacción del mismo que, aun contemplando una determinada cantidad líquida, deje claro que la intención de las partes es que cada una asuma sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social y no que el club asuma también las del jugador, para lo cual será necesario que previamente se calculen las cantidades brutas que correspondan.

Como más vale prevenir que lamentar, conviene mirar bien todo aquello que se firma para evitar que se esfumen las expectativas de unos ingresos que al final pueden no llegar.

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