Prohibido apostar sobre sí mismo

El incremento del control a que Hacienda somete al mundo del fútbol y sus actores en los últimos años parece no tener fin.

Desde el punto de vista de la tributación, la regularización e inclusión en el IRPF de los futbolistas de los pagos realizados por clubes a representantes, intermediarios de fichajes, y sociedades cedentes de los derechos de explotación de la imagen es ya moneda corriente. Todo ello, unido a la imposibilidad de acceder al régimen especial de IRPF conocido como “ley Beckham”, hace que las posibilidades de planificación fiscal que permitían al jugador no ver su retribución sometida a los tipos más altos del IRPF son casi inexistentes hoy.

En las últimas semanas parece haberse iniciado una nueva cruzada en defensa de la integridad del deporte, esta vez en el ámbito de las apuestas deportivas.

Y es que la Dirección General de Ordenación del Juego, perteneciente al Ministerio de Hacienda, ha debido advertira las federaciones territoriales de fútbol,de la prohibición, para deportistas, entrenadores, árbitros, o directivos de clubes, de participar en apuestas sobre eventos desarrollados en el marco de competiciones en las que participen.

Así lo establece la Ley de Regulación del Juego, por entenderse que estas personas, de poder apostar, se encontrarían en una situación de privilegio.

La infracción administrativa por incumplimiento de esta norma es sancionable con una multa de hasta 100.000 euros.

La información sobre las apuestas realizadas por estos sujetos probablemente provenga de las empresas organizadoras, que están obligadas a informar a la administración sobre los pagos que realizan.

Las apuestas son un elemento de preocupación creciente para las autoridades, dada su íntima conexión con los delitos de corrupción deportiva. Esto es, con los amaños de partidos, como se ha puesto de manifiesto en el ámbito del tenis en los últimos días.

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