Nuevas medidas extraordinarias en materia de arrendamientos de local de negocio y de industria

El pasado 23 de diciembre de 2020 se publicó en el B.O.E .el Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria, entre las que figuran nuevas medidas extraordinarias en materia de arrendamientos de local de negocio y de industria consistentes fundamentalmente en la posibilidad para el arrendatario, si concurren determinados requisitos, de solicitar alternativamente:

a) una reducción del cincuenta por ciento (50%) de la renta durante el estado de alarma y sus prórrogas, pudiendo extenderse, como máximo, a las cuatro (4) mensualidades siguientes o

b) una moratoria en el pago de las rentas por el mismo periodo temporal, abonándolas de forma aplazada durante los dos años siguientes a la finalización de la prórroga.

La solicitud y documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos debe remitirse por el arrendatario al arrendador por medio fehaciente antes del próximo 31 de enero de 2021.

Puede obtener más información en el siguiente enlace.

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