Ampliación de plazos en el ámbito del Régimen Económico Fiscal de Canarias (REF)

En el Boletín Oficial del Estado del 18 de noviembre se ha publicado el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.

Mediante el citado Real Decreto-ley, y por lo que respecta al REF de Canarias, como consecuencia de la prórroga de las Directrices de Ayuda con finalidad regional de la Comisión Europea para el período 2014-2020 se han ampliado hasta el 31 de diciembre de 2021 los siguientes plazos que vencían el próximo 31 de diciembre de 2020:

  • Plazo para la dotación de la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) en caso de haberse efectuado inversiones anticipadas a cuenta de futuras dotaciones.El régimen de la RIC permite que ésta se materialice efectuando la inversión con carácter previo a la dotación de la reserva. Dicha dotación tendrá que realizarse en el mismo ejercicio de la inversión o en los tres siguientes.Con el Real Decreto-ley, el plazo para esas dotaciones, que vencía el próximo 31 de diciembre, ha quedado ampliado hasta el 31 de diciembre de 2021. De este modo, inversiones anticipadas efectuadas en los ejercicios 2018, 2019 o la que eventualmente se efectúe en 2020 podrían afectarse a la RIC que se dote hasta el ejercicio 2021.Para el caso general de dotación previa a la inversión, el plazo para la materialización es de cuatro años. Por tanto, las dotaciones de RIC efectuadas en el ejercicio 2016 deben ser materializadas hasta el 31 de diciembre de 2020.

    De momento no se ha aprobado ninguna modificación legislativa que, excepcionalmente, amplíe el plazo de materialización de la RIC dotada en el ejercicio 2016 como consecuencia de la crisis económica derivada del COVID-19. Les mantendremos puntualmente informados en caso de que se apruebe alguna ampliación de dicho plazo.

  • Plazo para la autorización de la inscripción de sociedades en el Registro Oficial de Entidades de la Zona Especial Canaria (ZEC).La creación de entidades ZEC requiere la autorización previa por parte del Consejo Rector del Consorcio de la ZEC y su posterior inscripción en el citado Registro.El plazo para dicha inscripción vencía el próximo 31 de diciembre de 2020 y, mediante el Real Decreto-ley, se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2021, permitiendo de este modo la constitución e inscripción de nuevas entidades ZEC a lo largo del próximo ejercicio 2021.
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